Son 119 las víctimas, de las cuales 86 esperan Justicia por primera vez. El MPF hizo un repaso del camino jurisprudencial recorrido en materia de delitos de lesa humanida cometidos en Mar del Plata y alrededores. Y enmarcó los abusos sexuales llevados a juicio como parte del plan sistemático desplegado durante la última dictadura militar.
El fiscal Santiago Eyherabide, junto a la auxiliar fiscal María Eugenia Montero, inició el alegato de cierre en el juicio por delitos de lesa humanidad que tiene sentados en el banquillo de los acusados a 16 personas, exmiembros del Ejército, la Armada y Prefectura, por los crímenes cometidos contra 119 víctimas. La mayoría de ellas -y sus familias- buscan Justicia por primera vez.
El debate entró en su etapa final, luego de más de 30 audiencias y 15 meses de trabajo. Los hechos investigados y juzgados incluyen privaciones ilegítimas de la libertad, los tormentos en cautiverios, asesinatos, desapariciones e inhumaciones de las víctimas como NN en el cementerio local. También se juzgan nueve casos de abusos sexuales cometidos contra detenidas. “Surge de la prueba colectada que los delitos de abuso sexual habrían sido cometidos como una práctica normal, recurrente, generalizada y sistemática que se realizaba y ostentaba de forma manifiesta por los agentes responsable de la represión ilegal”, señalaron desde la acusación.
El Ministerio Público Fiscal, ante la escucha de los magistrados Nicolás Toselli, Fernando Minguillón y Enrique Méndez Signori, marcó que los hechos juzgados deben ser analizados dentro del contexto en que sucedieron. En este sentido, repararon que este debate, conocido coloquialmente como Subzona III, es un eslabón de un proceso de juzgamientos de los crímenes de lesa humanidad cometidos en la jurisdicción Mar del Plata y sus alrededores, que lleva 15 años. Este territorio, a los fines de la denominada “lucha contra la subversión”, se circunscribió dentro de la Subzona Militar 15, dependiente del Primer Cuerpo del Ejército.
De este modo, durante el alegato -se adelantó- se valorarán las sentencias dictadas que establecieron cómo fue el funcionamiento del circuito represivo y cuáles fueron sus actores principales. No es un dato menor que todos los imputados de este juicio han sido condenados con anterioridad, aunque hay sentencias que esperan su confirmación en instancias superiores.
De las 119 víctimas, cuyos casos son juzgados en esta oportunidad, hay 86 que llegan por primera vez a esta instancia. “Atento el tiempo transcurrido, en muchos casos no hemos podido contar con testimonios directos sobre los sucesos, y entonces la prueba relevante se acopia en legajos que han sido adminitidos como prueba documental, y que son testimonios de la búsqueda y de la lucha de familias enteras que no llegaron a sentarse en esta sala de audiencias”, expresaron los representantes del MPF.

El país como “teatro de operaciones”
Al repasar los antecedentes y causas previas, se citó la causa 13/84, que -en entendimiento de la Fiscalía- aporta bases fácticas no controvertidas.
En primer lugar, repararon en que “se probó la existencia de un plan sistemático de exterminio, cuya mecánica de ejecución quedó confirmada posteriormente en los argumentos expuestos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Allí se tuvieron por probado: la transformación del territorio nacional en ‘teatro de operaciones’ y la zonificación militar; la centralidad que tuvo la actividad de inteligencia y el uso sistemático de la tortura para obtener información; la creación de un circuito de centros clandestinos de detención (CCD); la existencia de un sistema represivo centrado en la mecánica de la desaparición de personas; y un modus operandi que incluía el secuestro de personas en operativos clandestinos por parte de grupos armados, el traslado a los CCD donde eran interrogados bajo tormentos, y el destino que podía ser la libertad, el “blanqueo” de las detenciones ilegales, el asesinato o la desaparición.
“Lo que la sentencia de la causa 13 dio por acreditado, y no ha sido discutido desde entonces, es que cada uno de los crímenes cometidos no fueron acciones individuales y aisladas, sino que todos esos crímenes fueron producto de un plan sistemático de represión estatal”, remarcó Eyherabide.
15 años de juicios y castigos en Mar del Plata
Esta metodología se acreditó también en el marco de distintas sentencias dictadas en juicios por delitos de lesa humanidad realizados en esta jurisdicción, que han tenido una evolución en el prisma a tavés del cual se han investigado y juzgado estos hechos. Primero se juzgó un grupo pequeño de casos, en relación a dos o tres imputados; luego se juzgó la dinámica y el funcionamiento de los CCD, por un número más significativo de casos y de imputados.
Más adelante en la línea temporal, se acreditó que la Armada operó a través de la Fuerza de Tareas N°6 -integrada por dependencias de Base Naval, Prefectura y Esim-, y que esta Fuerza funcionó como una verdadera asociación ilícita cuyos miembros cometieron innumerables delitos en coordinación con las autoridades de la Subzona 15. Luego, se juzgó el circuito represivo completo que operó en el territorio de la Subzona 15, superando el paradigma del CCD como factor aglutinante.
Los acusados y su rol en el plan sistemático
Las acusaciones del MPF, en el final del juicio, recaen sobre Eduardo Jorge Blanco, Jorge Luis Toccalino, Carlos Alberto Suárez, Rubén Fernándz y Carlos Víctir Milanese, quienes tuvieron distintos cargos dentro del Ejército, en el ámbito de la Subzona Militar 15.
También se acusa a Raúl Alberto Marino, Raúl César Pagano, Alfredo Raúl Weinstabl, Luis Héctor Bonanni, Ernesto Davis, Daniel Eduardo Robelo, Carlos María Robbio, Julio César Fulgencio Falcke, Héctor Raúl Azcurra, Néstor Ramón Eduardo Vignolles y Osvaldo Gaspar Siepe, quienes cumplieron funciones, en distintos roles, dentro de la Fuerza de Tareas N°6, integrada por la Armada Argentina y la Prefectura Naval.
Hubo acusados que fallecieron o bien fueron declarados incapaces de modo sobreviniente, en los términos del artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación.
Desde el MPF, señalaron que se está frente a imputaciones de carácter funcional, dado que no hay en el juicio autores directos de los delitos imputados. El reproche penal se dirige, principalmente, si bien no exclusivamente, a quienes ocuparon segundas líneas en las respectivas cadenas de mandos.
Cómo sigue el juicio
El alegato de clausura retomará el viernes 10 de abril. El MPF adelantó que se explicará el circuito represivo interfuerzas que operó en la jurisdicción, donde luego se ubicará a los imputados en sus roles funcionales, con la intención de analizar la responsabilidad penal de cada uno.
Más adelante, será el momento de relatar las materialidades del juicio con la respectiva valoración probatoria.
Por último, se brindará la calificación legal de las conductas juzgadas y se solicitarán las penas y eventuales absoluciones parciales.
