ACIJ reconstruyó 27 años de funcionamiento del sistema disciplinario del Consejo de la Magistratura. De 4.910 denuncias cerradas, sólo 64 derivaron en sanciones o destituciones.
Desde su creación, el Consejo de la Magistratura de la Nación recibió 5.170 denuncias contra jueces y juezas federales y nacionales, de las cuales solo 64 terminaron con una sanción o remoción: es decir el 1,3% de los casos.
El dato surge de “¿Justicia intocable?”(*), una investigación de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), realizada por el equipo integrado por Irene Benito, Celeste Fernandez, Clara Lucarella, Ezequiel Nino y Emir Salomón, que reconstruyó lo ocurrido con las denuncias recibidas por el Consejo de la Magistratura entre 1999 y agosto de 2026.
El trabajo reúne datos oficiales del organismo, respuestas a pedidos de acceso a la información pública, testimonios de denunciantes y análisis de especialistas para indagar cómo funciona, en la práctica, el sistema encargado de controlar la conducta de los magistrados.
La investigación pone el foco sobre una tensión central. La Constitución Nacional garantiza la estabilidad de jueces y juezas en sus cargos mientras dure su buena conducta. La inamovilidad busca preservar su independencia y evitar que puedan ser desplazados como represalia por sus decisiones o por razones políticas. Pero, advierte ACIJ, cuando los mecanismos disciplinarios no funcionan adecuadamente, esa protección puede convertirse en un obstáculo para la rendición de cuentas.
Apenas 64 casos terminaron con sanciones o remociones
Entre 1999 y agosto de 2026 se presentaron 5.170 denuncias ante el Consejo de la Magistratura. De ese universo, 4.910 están cerradas, el 94,97%, mientras que otras 260, el 5,03%, continúan en trámite.
Entre las denuncias cerradas, solamente 64 derivaron en una sanción o remoción.
De esos 64 casos, 43 correspondieron a sanciones, como multas y apercibimientos, equivalentes al 67,19%; mientras que 21 terminaron con la remoción de magistrados, el 32,81%.
En otras palabras, de acuerdo con los datos relevados por ACIJ, menos de dos de cada 100 denuncias cerradas derivaron en algún tipo de sanción o destitución.
Para la organización, esa proporción genera interrogantes sobre la eficacia del sistema disciplinario y no constituye el único indicador problemático.
Entre 1999 y agosto de 2026, 469 denuncias caducaron por el paso del tiempo sin llegar a ser investigadas, según la investigación.


Cómo se controla a jueces y juezas
El sistema argentino establece que los magistrados conservan sus cargos mientras dure su buena conducta. Esa garantía de inamovilidad cede frente a casos de mal desempeño o comisión de delitos.
El Consejo de la Magistratura cuenta con facultades disciplinarias y puede iniciar investigaciones de oficio o a partir de denuncias. Para hacerlo intervienen principalmente dos áreas: la Comisión de Disciplina y la Comisión de Acusación.
Entre las conductas que pueden constituir faltas disciplinarias se encuentran el incumplimiento de incompatibilidades y prohibiciones propias del cargo, las faltas de respeto hacia colegas o personas que intervienen en los procesos judiciales, las conductas que afecten la dignidad de la función, el incumplimiento reiterado de normas procesales, las ausencias injustificadas y la desatención de los deberes correspondientes al cargo.
La Comisión de Disciplina analiza las posibles faltas y puede proponer al Plenario del Consejo una sanción. Las medidas previstas incluyen advertencias, apercibimientos y multas de hasta el 30% del sueldo.
Cuando se trata de hechos considerados graves interviene la Comisión de Acusación. Si después de investigar entiende que existen motivos para avanzar hacia una destitución, puede proponer al Plenario la apertura del procedimiento de remoción.
Si el Consejo aprueba esa propuesta, el magistrado involucrado es suspendido y el caso pasa al Jurado de Enjuiciamiento, integrado por nueve miembros: tres representantes de la magistratura, tres del Congreso y tres de la abogacía de matrícula federal.
El juicio es oral y público y, para disponer una destitución, se requiere el voto de dos tercios de sus integrantes.
Según ACIJ, sin embargo, en la práctica la división entre las competencias de Disciplina y Acusación no siempre resulta clara, una cuestión que la investigación vincula especialmente con el funcionamiento del Comité de Asignación, encargado de una instancia clave en la tramitación de los expedientes.
De las 260 denuncias que continuaban abiertas a agosto de 2026, 225 se encontraban en la Comisión de Disciplina y 32 en la Comisión de Acusación. Además, tres denuncias acumuladas en un mismo expediente estaban en trámite ante el Jurado de Enjuiciamiento.
Opacidad, denunciantes sin participación y causas que caducan
La investigación identifica distintos problemas en el funcionamiento del sistema disciplinario.
Uno de ellos es la dificultad para acceder a información sobre las investigaciones, lo que, según ACIJ, limita las posibilidades de control ciudadano sobre el avance de los expedientes.
Otro punto señalado es la escasa participación de quienes presentan las denuncias. De acuerdo con el trabajo, los denunciantes no cuentan con herramientas suficientes para intervenir e impulsar las actuaciones una vez iniciado el procedimiento.
ACIJ también pone el foco sobre la asignación de las investigaciones y sostiene que la forma en que se determina quién debe llevar adelante cada expediente puede incidir en su desarrollo.
A esos problemas se suma el dato de las 469 denuncias que caducaron por el transcurso del tiempo durante el período analizado.
La organización plantea además que las causas disciplinarias pendientes no necesariamente funcionan como un obstáculo para que los magistrados avancen dentro de la estructura del Poder Judicial.
Más de 40 pedidos de entrevistas
Para realizar “¿Justicia intocable?”, el equipo de ACIJ recurrió a fuentes normativas, documentales y bibliográficas, analizó bases de datos oficiales y respuestas a pedidos de acceso a la información pública y entrevistó a denunciantes y especialistas.
También buscó incorporar la mirada de quienes integran el propio Consejo de la Magistratura.
Según detalló la organización, se enviaron más de 40 pedidos de entrevistas a los 15 consejeros y consejeras que actualmente forman parte de las comisiones de Disciplina y Acusación.
Solamente respondieron Anabel Fernández Sagasti y Rodolfo Tailhade.
ACIJ señaló además que no pudo acceder a los expedientes disciplinarios solicitados pese a que, según sostiene la organización a partir de las leyes 24.937 y 27.275, esa documentación debe ser pública.
A partir de esos elementos, la investigación cuestiona la capacidad del sistema actual para garantizar una efectiva rendición de cuentas dentro del Poder Judicial.
“Una Justicia que no investiga sus denuncias, que permite que los procesos caduquen y que omite sancionar casos de mal desempeño difícilmente pueda decirse justa”, plantea ACIJ en la presentación del trabajo.
Para la organización, fortalecer los mecanismos de control y rendición de cuentas de quienes ejercen la función de juzgar resulta fundamental para recuperar la confianza pública en el Poder Judicial.
(*)La investigación “¿Justicia intocable?” fue seleccionada por el programa de becas del Instituto Prensa y Sociedad de Perú (IPYS) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). El proyecto fue elegido entre 127 postulaciones de América Latina, junto con propuestas de Nicaragua, Cuba, México, El Salvador, Colombia, Brasil y Perú.
