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octubre 2, 2026

José Segovia acordó siete años de prisión como jefe de una asociación ilícita

El exjefe de la policía Departamental firmó un juicio abreviado en el que aceptó la calificación legal de jefe de la organización y una pena de siete años de prisión, además de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Ahora resta que se sortee un Tribunal para que homologue el acuerdo y dictar la condena.

Por Juan Salas

José Luis Segovia, el exjefe policial que quedó en el centro de una de las investigaciones por corrupción policial más importantes de los últimos años en Mar del Plata, acordó una pena de siete años de prisión en un juicio abreviado por la causa en la que fue acusado de liderar una asociación ilícita integrada por policías y civiles.

El acuerdo, al que tuvo acceso BACAP, fue firmado el 1° de octubre ante el fiscal general adjunto Marcos Pagella, Segovia y su abogado defensor, Martín Bernat. Además de los siete años de prisión, contempla la inhabilitación absoluta perpetua para el ejercicio de cargos públicos y la multa que corresponda.

Segovia, quien se encuentra detenido en la Unidad Penal 44 de Batán,  y su defensa expresaron su “total y absoluta conformidad” tanto con el trámite del juicio abreviado como con la calificación legal y la pena solicitada por la Fiscalía.

Sin embargo, todavía no existe una condena firme. El paso que resta es que se sortee un nuevo Tribunal para que analice, homologue el acuerdo y firme la sentencia. Recién entonces quedará formalizada la condena en los términos convenidos entre la acusación, el imputado y su defensa.

La firma del abreviado representa un punto decisivo para una causa que durante años expuso las relaciones entre policías y civiles y que tuvo a Segovia como su principal acusado.

Jefe de la asociación ilícita

El dato central del acuerdo no está únicamente en los siete años de prisión. También está en la calificación legal que Segovia aceptó.

La Fiscalía mantuvo para el excomisario mayor la acusación por asociación ilícita en calidad de jefe, el núcleo de la hipótesis que sostuvo a lo largo de la investigación.

La causa reconstruyó el funcionamiento de una presunta organización integrada por policías y civiles y ubicó a Segovia en la cúspide de esa estructura. Al momento de los hechos investigados, además, ocupaba uno de los cargos de mayor jerarquía policial en Mar del Plata.

La acusación no se limitó a la asociación ilícita. El acuerdo comprende distintos episodios por los cuales se le atribuyeron, según cada hecho, los delitos de exacciones ilegales agravadas, encubrimiento agravado, falsificación ideológica de instrumento público, abuso de autoridad, violación e incumplimiento de los deberes de funcionario público y estafa procesal.

Los delitos fueron considerados en concurso material.

La investigación había avanzado sobre una trama mucho más amplia que la actuación individual de un grupo de policías. La hipótesis fiscal describió una organización en la que convivían efectivos y civiles, con episodios vinculados con la recaudación ilegal, protección, encubrimientos y utilización de la estructura policial para intervenir sobre distintas causas.

Entre los ejes investigados estuvo la recaudación proveniente de los denominados “arbolitos” que operaban con el cambio ilegal de divisas y distintos hechos en los que, según la acusación, integrantes de la estructura policial habrían actuado para garantizar protección o encubrimiento.

La máxima autoridad policial como agravante

Uno de los párrafos más significativos del acuerdo aparece al momento de justificar la pena.

La Fiscalía consideró como atenuantes la ausencia de antecedentes penales de Segovia y el concepto favorable surgido de los informes socioambientales incorporados a la causa.

La evaluación cambió al analizar los agravantes.

Pagella ponderó “la gravedad de los hechos pesquisados”, la “multiplicidad de figuras penales que se le enrostran” y “la extensión del daño causado”.

Pero incorporó además un elemento directamente relacionado con la responsabilidad institucional que tenía Segovia mientras sucedieron los hechos: “El hecho de haber sido el jefe policial máximo del distrito al momento de la comisión de los delitos”.

Sobre esos parámetros, el Ministerio Público Fiscal solicitó una pena de siete años de prisión, además de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos y la multa prevista legalmente.

Cinco condenas antes del acuerdo con Segovia

El acuerdo firmado por José Luis Segovia no es el primero que evita el juicio oral dentro del expediente. Otros cinco acusados ya habían aceptado condenas mediante juicios abreviados, con penas que fueron desde los tres años de prisión en suspenso hasta los seis años de cumplimiento efectivo.

Jorge Javier “Ruso” Toletti, comerciante y propietario del café Sutton, recibió la pena más alta: seis años de prisión. Para la Fiscalía era uno de los principales operadores de la organización y estaba vinculado con el circuito informal de compra y venta de divisas, el juego clandestino y las maniobras posteriores al robo de Cabo Corrientes. Fue condenado, entre otros delitos, como partícipe de la asociación ilícita, por intermediación financiera no autorizada, circulación de moneda extranjera apócrifa, encubrimiento, extorsión y privación ilegal de la libertad agravada.

Christian Adalberto Holtkamp, expolicía bonaerense que había integrado el grupo antisecuestros de la DDI, acordó cinco años y dos meses de prisión. La acusación lo ubicaba como un nexo entre los “arbolitos” y quienes les brindaban protección desde la estructura policial. También fue condenado por su intervención en la extorsión y privación ilegal de la libertad de Carlos Alejandro Juárez, además de integrar la asociación ilícita y participar de otros negocios ilegales investigados.

Gastón Daniel Moraña, oficial inspector de la Policía Bonaerense y antiguo integrante del grupo antisecuestros de la DDI, recibió tres años y cuatro meses de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. La Fiscalía lo señaló como uno de los recaudadores de la organización. El abreviado comprendió asociación ilícita como partícipe, encubrimiento, abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público y exacciones ilegales.

Javier Martín González, expolicía bonaerense y hombre que mantenía una relación de confianza con Segovia desde los tiempos de la DDI, fue condenado a tres años y dos meses de prisión. Según la investigación, cumplía uno de los roles de recaudación dentro del esquema relacionado con el circuito informal de divisas. Aceptó responsabilidad como partícipe de la asociación ilícita y por encubrimiento.

Finalmente, Héctor Sabino Sosa, también expolicía, acordó tres años de prisión en suspenso. La Fiscalía lo vinculó con maniobras de encubrimiento y estafa procesal. El acuerdo incluyó, entre otros delitos, su participación en la asociación ilícita, encubrimiento agravado, exacciones ilegales agravadas, falsificación ideológica de instrumento público, abuso de autoridad y violación de los deberes a su cargo.

Con Segovia, la situación adquiere otra dimensión: es el acusado al que la Fiscalía colocó en la cúspide de aquella estructura. Mientras los cinco abreviados anteriores aceptaron penas como partícipes de la asociación ilícita, Segovia dio conformidad a una calificación que lo ubica como jefe, con una pena acordada de siete años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos, todavía pendiente de homologación judicial.

El último paso

A diferencia de lo que habría ocurrido en un juicio oral y público, el acuerdo evita un debate en el que la Fiscalía debería exponer la acusación y la prueba reunida durante la investigación frente al tribunal y con la posibilidad de escuchar públicamente a testigos e imputados.

En el juicio abreviado, Segovia y su defensa dieron conformidad a la calificación legal y a la pena solicitada por el Ministerio Público Fiscal.

El acuerdo tiene además un peso particular dentro del expediente: desde el comienzo de la investigación, Segovia fue colocado por la acusación en el vértice de la organización. Esa calificación como jefe de la asociación ilícita permanece en el entendimiento que acaba de firmar.

Ahora queda un último paso judicial. El sorteo de un nuevo Tribunal Oral en lo Criminal, que deberá analizar el acuerdo y decidir sobre su homologación. Hasta entonces, los siete años constituyen la pena solicitada por la Fiscalía y aceptada por Segovia y su defensa, pero todavía no una condena formalmente impuesta.

Si el acuerdo es homologado en esos términos, será el cierre judicial para el principal acusado de una causa que puso bajo investigación no sólo una sucesión de delitos, sino el funcionamiento de una estructura en la que, según sostuvo la Fiscalía, quien debía conducir la seguridad del distrito ocupaba al mismo tiempo el lugar de jefe de la asociación ilícita investigada.

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