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abril 20, 2024
Lo de Acá

Incorporan a dos trabajadoras trans y cumplen con la ley en Mar del Plata

Forman parte del personal de Zona Sanitaria VIII. Una de ellas se desempeña en el área administrativa y la otra cumple sus tareas en el sector de farmacia. 

Dos trabajadoras trans fueron incorporadas a la Zona Sanitaria VIII, con asiento en Mar del Plata, cumpliendo de esta forma con la ley Diana Amancay Sacayán, que garantiza el «legítimo cupo mínimo establecido en las reparticiones públicas». 

El director de esa zona sanitaria, Gastón Vargas, explicó que «simplemente estamos dando cumplimiento a la Ley Diana Sacayán que genera un cupo mínimo de un porcentaje de personas trans en las reparticiones públicas».

En ese marco, el funcionario provincial indicó que «a pesar de que fue una ley que salió hace mucho tiempo, el gobierno anterior, durante sus cuatros años, nunca la implementó. Entonces ahora, desde el Ministerio de Salud, se está dando cumplimiento a lo establecido en la ley, y desde este mes comenzaron a trabajar estas dos compañeras».

«Estamos poniendo en práctica lo que uno promueve, que es igualdad de derechos laborales, sexuales, de género y de todo aquello que signifique una igualdad de oportunidades para todes», aseveró Vargas.

Asimismo, dijo que «en función de ello se incorporaron estas dos personas; esperamos que con el paso del tiempo se vaya haciendo habitual en otras dependencias públicas, como puede ser en el hospital Materno Infantil y el hospital Interzonal General de Agudos, ambos con asiento en esta ciudad».

Por último, el funcionario provincial expresó que entienden que «en el mediano y corto plazo esto se hará extensivo a otras dependencias de la salud y sobre todo de la provincia de Buenos Aires».

Trabajos

Desde el primer día hábil del mes, comenzaron a trabajar en el organismo provincial, Sofía, en el área administrativa, en tanto que Agustina cumple sus tareas en el sector de farmacia. 

Fotos: Télam.

La ley Diana Amancay Sacayán fue aprobada en la provincia de Buenos Aires en el 2015 pero recién se reglamentó en diciembre de 2019.

La norma establece que debe garantizarse en el sector de la administración pública un cupo mínimo del 1% de la totalidad de cargos y contratos para personas travestis, transexuales y transgénero.

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