Las medidas impulsadas por el gobierno nacional implican que muchos de los derechos que dábamos por garantizados dejarían de estarlo. Esto incluye desde derechos laborales históricos hasta marcos regulatorios que ponían freno al aumento de tarifas y servicios esenciales. Esta nota desglosa algunos de los efectos más importantes que tendrían tanto el Decreto de Necesidad y Urgencia como el proyecto de ley, en caso de que ni la Justicia ni la oposición los frenen de manera definitiva o le produzcan modificaciones sustanciales.
Por Limay Ameztoy
El paquete de medidas impulsado por el gobierno que presidente Javier Milei y que incluyen desde el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 -que entró en vigencia el pasado 29 de diciembre- hasta el proyecto de Ley Ómnibus enviado el Congreso Nacional introduce, o pretende introducir, modificaciones sustanciales en el entramado jurídico argentino.
Esto implica que muchos de los derechos que hasta ayer se hallaban garantizados dejan (o dejarían) de estar vigentes, lo que a corto o mediano plazo impactaría de manera directa o indirecta en la vida cotidiana de todos los habitantes del país.
En esta nota intentaremos explicar algunos de los efectos que tendrían tanto el Decreto de Necesidad y Urgencia como la ley Ómnibus en el caso de que continúen avanzando sin que la Justicia ni la oposición le pongan freno o le produzcan modificaciones sustanciales.
Pretensiones
Para comenzar a comprender el alcance de las medidas es importante detenerse en el primer artículo del DNU 70/2023 en el que se establece “la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025″.
En otras palabras, la reforma no es solo económica sino que intenta modificar la esencia de los pactos de convivencia que, desde hace décadas, rigen en nuestro país y que se encontraban reflejados en un amplísimo marco normativo. Prueba de esto último es que, para intentar alcanzar su objetivo de forma expedita, el gobierno pretendió derogar o modificar cerca de 300 leyes en un solo acto administrativo.
En segundo lugar, el DNU establece que el Estado Nacional «promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo».
«Para cumplir ese fin -continúa- se dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda”.
Lo anterior implica que el Estado ya no mediará (o lo hará con menor protagonismo) cuando aparezcan tensiones entre personas, organizaciones y/o instituciones, tanto en relaciones de consumo como laborales o sociales, por mencionar algunas.
Derechos laborales
Es, muy probablemente, la modificación más ambiciosa que el gobierno nacional intentó implementar a través del DNU.
Esto explica, también, que sean los apartados del Decreto que más rápidamente despertaron la resistencia social y el freno de la Justicia: el fuero laboral concedió tres cautelares contra el capítulo laboral del Decreto, dando lugar a medidas impulsadas por la Confederación General del Trabajo -CGT-, la Central de Trabajadores y Trabajadores de la Argentina -CTA- y la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA) respectivamente.
El Gobierno ya anunció que apelará los fallos en su contra, por lo que cabe analizar cuáles son los cambios que está pretendiendo implementar con tanta persistencia.
Básicamente, el Decreto implica implementar por decreto una reforma laboral que derribaría los derechos laborales que rigieron en el país durante las últimas décadas y que fueron obtenidos por luchas históricas del movimiento de trabajadores y trabajadoras.
Tres de las más importantes de esas eliminaciones son la reducción de las indemnizaciones por despido y la posibilidad de sustituir dicha figura por un “fondo de cese laboral” (como el que utiliza el gremio de la construcción).
Además, el Decreto amplía el listado de las actividades consideradas “esenciales” y “de importancia trascendental” y los obliga a brindar entre el 75% y el 50% de los servicios. Esto anularía el efecto pretendido por cualquier medida de fuerza lo que en los hechos implicaría denegar el derecho a huelga de los sectores involucrados.
Medicina prepaga y alquileres
Es una de las medidas de impacto más inmediato en las economías familiares del decreto 70/2023.
Esto se debe a que el gobierno nacional autorizó a las empresas de medicina prepaga a aplicar aumentos en sus cuadros tarifarios sin previa autorización oficial, como venía sucediendo hasta el momento.
El alza de la barrera fue aprovechado inmediatamente por las empresas del sector, la mayoría de las cuales ya anunció a sus afiliados aumentos de alrededor del 40% para enero mientras prevén cifras que irían hasta el 30% para febrero y marzo.
Asimismo, el decreto deroga la Ley de Alquileres. Además de volver al formato de contratos por dos años, la ausencia de una ley que fije límites a las negociaciones habilita desde la posibilidad de exigir alquileres en cualquier moneda hasta ajustes diarios bajo diversos índices, la elección de pedir cualquier tipo de garantía y exigir el pago del depósito en dólares.
La parte propietaria podría, además, exigir que los arreglos del inmueble pasen a ser obligación de los inquilinos, que las expensas extraordinarias estén a cargo de los locatarios y que el propietario no tenga la obligación de avisar con antelación si renueva el contrato o no.
Cabe consignar que otros servicios que están incorporados a la economía de la gran mayoría de las familias, como los de telefonía celular e internet, no estaban regulados por el Estado desde antes del Decreto. Esto significa que los aumentos producidos en dichos consumos, al igual que los servicios de streaming, no están ligados con el DNU sino con la devaluación del peso.
Derecho a la movilización y a la protesta
En este caso los cambios vienen de la mano de la denominada Ley Ómnibus enviada al Congreso. El proyecto contempla un capítulo dedicado a la Seguridad Interior cuya primera sección busca reglamentar la organización de las manifestaciones y fija duras sanciones para los organizadores y aquella persona que impida el funcionamiento normal de los transportes.
Además, el Gobierno define a la reunión o manifestación como una “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”, con el propósito de ejercer el derecho a la protesta.
Según el texto, estas reuniones o manifestaciones deberían ser notificadas al menos 48 horas antes de su realización al Ministerio de Seguridad. Las personas deberán detallar las características del encuentro; quién o qué organización convoca, cuáles son los fines, el recorrido que tendrá; el tiempo de duración y la cantidad estimada de participantes.
Algunas consideraciones
Hasta aquí solo algunas de las modificaciones impulsadas por el gobierno nacional a través de las distintas decisiones adoptadas desde su asunción, el pasado 10 de diciembre.
Es importante aclarar que hay más de 10 denuncias y/o pedidos de inconstitucionalidad sobre la totalidad del DNU que se encuentran en manos de la Justicia Federal y que se suman a los ya mencionados relacionados con el capítulo laboral. También en este caso muchas jurisdicciones habilitaron la feria judicial para el tratamiento de los recursos presentados contra el decreto, por lo que cabe esperar novedades sobre este tema en los próximos días.
Por su parte, el proyecto de Ley Ómnibus está en manos del Congreso, lo que significa que las medidas allí previstas por el momento no rigen y que su concreción o no dependerá del tratamiento que se le brinde en el Parlamento, el cual puede introducir modificaciones, tanto totales como parciales.
Sin dudas nos encontramos ante un intento de reformulación profunda de los acuerdos económicos, jurídicos, sociales y culturales que rigieron a nuestra sociedad, no solo durante los últimos años sino durante décadas. En caso de avanzar, su impacto en nuestra vida cotidiana será drástico, eliminando o reduciendo normas que rigieron nuestras formas de ser y vivir en sociedad.
Entender qué es lo que conlleva cada medida es un primer paso para preguntarnos hasta dónde estos cambios vienen de la mano de un aval concedido en las urnas o si no se trata de un exceso de atribuciones cuyo costo podríamos pagar durante años tanto nosotros como las generaciones venideras.